Fecha Origen: Septiembre de 2017
Fecha Publicación: Diciembre de 2017
Área de Referencia: Barrio de Colegiales, Comuna 13.
Organismo: Promotor: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) Organizador: Sociedad Central de Arquitectos. Auspiciante: Federación Argentina de Entidades de Arquitectos.
Agente: 1er Premio: Arqs. Marcelo D’Andrea y Oliverio Najmias. Concurso de ideas no vinculante
Problemática: La Ciudad de Buenos Aires posee extensos territorios sub-utilizados o en desuso que están ubicados en puntos centrales y poseen un alto valor económico. Una vez liberada la actual traza, se incorporará al predio como espacio verde, conformando un parque lineal y nuevas viviendas
Diagnóstico: Con eje en la traza ferroviaria, este parque lineal integra un sistema de nuevos parques urbanos vinculando espacios urbanos con distintos grados de subutilización, en algunos casos de obsolescencia y degradación. El Polígono de intervención se encuentra delimitado por el eje de la calle Virrey Aviles, el eje de la calle Vidal, la línea divisoria de las fracciones A y B de la manzana 119, sección 37, circunscripción 17, eje de la calle Moldes, eje de la Avenida Federico Lacroze y deslinde con el área operativa del Ferrocarril General Bartolome Mitre. La infraestructura ferroviaria actúa como una infranqueable barrera urbanística favoreciendo a la fragmentación urbana. Las ideas implicaran la realización de un sistema integrado de parques urbanos, concretando y facilitando las vinculaciones entre los mismos para refuncionalizar estos espacios y dinamizar la vida de la ciudad.
Objetivo: Formular un Plan de Ideas para la urbanización de la playa ferroviaria Colegiales. Plantear una visión integral de este nuevo fragmento urbano que se incorporará al barrio de Colegiales, de modo de poder formular propuestas respecto de la organización de los nuevos usos residenciales y de equipamiento y su forma urbana general. Se deberá incluir la definición de criterios morfológicos edificables, el diseño paisajístico del polígono, proponiendo la parquización, forestación, iluminación y equipamiento de los predios con criterio de uso múltiple, fácil mantenimiento y valorización de elementos patrimoniales, maximizando el uso recreativo y cultural y garantizando la accesibilidad. Como objetivos específicos se exige: Asignar la mayor parte de la superficie a la creación de nuevos espacios verdes; Organizar los espacios verdes en relación con las parcelas de la propuesta asegurando una buena conectividad en el conjunto; Contener a la nueva estructura circulatoria vehicular, peatonal y para biciclos; Definir las condiciones de puesta en valor y recuperación de los edificios de valor patrimonial; Proponer una integración adecuada con el entorno mediato e inmediato,
Propuesta: Desde la perspectiva de sus autores, se plantea: “una parcelaria que minimiza los frentes sobre la calle Moldes y maximiza las visuales desde y hacia el parque sin renunciar a la posibilidad de tener un parque continuo desde Virrey Avilés hasta Federico Lacroze. Los edificios se plantean como torres tipo placas, con su lado menor de no más de 19 m. sobre la calle y con su lado mayor haciendo frente a los espacios verdes propuestos lo que entendemos mejorará la calidad de los edificios a construir y su valor. Las calles perpendiculares a las vías penetran el terreno para generar un tejido urbano donde en planta baja se crea una situación de comercio urbano de pequeña escala. En el área comprendida entre las calles Palpa y Céspedes se ubican 5 parcelas que presentan un frente sobre la calle Moldes de muy bajo impacto. En el área comprendida entre las calle Virrey Avilés y Virrey Olaguer y Feliú se ubicará una sexta parcela de mayor tamaño que las anteriores para junto con los edificios patrimoniales recuperados y una nueva feria completar los 80.000 m2 solicitados. De esta manera la división parcelaria está pensada para minimizar los efectos negativos sobre los vecinos existentes, maximizar las condiciones de las situaciones urbanas y generar unidades premium frentistas a los nuevos espacios verdes propuestos”
Proyectos Planteados: Propuesta urbana de integración visual y paisajística de los barrios como objetivo primordial de la intervención urbana. Específicamente la misma ha considerado la vinculación de las nuevas áreas públicas verdes con el nuevo espacio público y en relación con el vecindario. Particularmente, con la calle que limita linealmente el área de intervención. De esta manera se preserva la dimensión del vacío urbano. Incorporación de espacios verdes, de uso público de tamaños, características y escalas diversas. En cuanto a su viabilidad, el proyecto propone un parcelamiento con distintas unidades de gestión, cuyas medidas razonablemente permitirán las soluciones arquitectónicas para los diferentes usos. El esquema permitirá la participación de empresas constructoras de distintas capacidades.
Instrumento: El marco general normativo que deberán considerar las propuestas es:
·La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires; en especial su Artículo 27o, que refiere a “La protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito.”, y su Artículo 31o, que establece que “La Ciudad reconoce el derecho a una vivienda digna y a un hábitat adecuado”.
·El Código de Planeamiento Urbano (Ley 449) que establece en el parágrafo 3.1.2. que “En el parcelamiento de tierras del Estado Nacional sujetas a privatización o desafectadas del dominio o de un servicio público se destinará como mínimo el sesenta y cinco por ciento (65%) de la superficie total para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a la Ciudad...”
·El Plan Urbano Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires (PUA) (Ley 2930-GCBA), que establece en su Artículo 9o (ítem b 3.) “Promover la incorporación de nuevos parques urbanos dentro de los usos que se definan para tierras fiscales desafectadas de usos anteriores” y en su Artículo 8o (ítem b 1.) “Promover una diversidad no compartimentada en zonas residenciales”.
·El PUA plantea el Programa de Desarrollos estratégicos de Playas ferroviarias con el objetivo de posibilitar la generación de nuevos espacios para desarrollos urbanísticos que potencien transformaciones cualitativas de grandes sectores urbanos, actualmente abandonados, degradados y/ o subutilizados, producto, entre otros, de las actividades de carga de los ferrocarriles.
·Indicadores y articulados establecidos en el Proyecto de Ley 5875 /17. Carácter, delimitación, amanzanamiento y estructura parcelara, disposiciones particulares para el espacio publico, capacidad constructiva t tejido edilicio, usos y observaciones,
·Decreto 1382/2012, Creación en el ámbito de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO, que tendrá por objeto ingresar, registrar y dar de baja los bienes inmuebles que integran el patrimonio del Estado Nacional. Art. 6° — objetivos: La ejecución de las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional en uso, concesionados y/o desafectados.
·LEY Nro 1227 Y DECRETO REGLAMENTARIO. Enmarca al Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires. Como tal, invoca a la protección, salvaguardia, preservación, restauración, promoción y transmisión de los bienes patrimoniales que definen la identidad y la memoria colectiva de la comunidad. La Ley reconoce diferentes categorías según las cuales se clasifican los bienes protegidos.
Referencia Bibliográfica: Plan Urbano Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires, Elementos de diagnóstico. Documento de Trabajo, GCBA, Secretaría de Planeamiento urbano y Medio Ambiente (SPUyMA), 1998. PUA, Diagnóstico y objetivos, GCBA, SPUyMA, 1999;
SCA: http://socearq.org/2.0/2018/02/19/concurso-2/
Autores del proyecto: https://www.n-o-a.net/portfolio/proyectos/primer-premio-masterplan-playa-ferroviaria-colegiales/
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