24/06/2021-Pura Ciudad
Ya no figuran las definiciones “conjuntos inmobiliarios” y “propiedad horizontal especial” figuras con las que el Código Civil regula a los countrys.
Fue eliminado del proyecto para modificar la ley vigente de Catastro de la Ciudad de Buenos Aires el apartado que habilitaba los barrios o urbanizaciones cerradas.
El proyecto fue escrito por el Poder Ejecutivo de la CABA y enviado a la Legislatura porteña. Tras la eliminación de esa referencia, este martes obtuvo dictamen favorable en la Comisión de Planeamiento Urbano y se espera que se vote en el recinto de sesiones el 1 de julio.
El texto original incluía y permitía los “conjuntos inmobiliarios” y “propiedad horizontal especial”, figuras con las que el Código Civil regula a los barrios cerrados.
Pese a que ahora no figuran en el texto del proyecto, desde el bloque opositor Frente de Todos solicitan una aclaración que los prohíba.
“Es un logro que hayan retrocedido con lo que estaban planteando. Es evidente que, a partir del conflicto de Costa Salguero, estos temas comenzaron a penetrar y a movilizar a la sociedad”, señaló a Página 12 Matías Barroetaveña, legislador del Frente de Todos.
Su compañero de bloque Javier Andrade durante la reunión de la Comisión pidió: “El Código Urbanístico dice que quedan prohibidos los barrios cerrados, pero no los define nunca: definámoslos en esta ley y dejemos sentada la prohibición”.
El presidente de Planeamiento Urbano Daniel del Sol (oficialismo Vamos Juntos) dijo que no es necesario incluir una línea de prohibición ya que en el Poder Ejecutivo de la CABA “no hay intención de habilitar” barrios cerrados.
En la oposición también pidieron que figure expresamente el término “vía pública” y no “calle”, para evitar obstrucciones en la circulación a la hora de definir urbanizaciones.