La tecla info | La Plata, Bs As. | Miércoles, 3 enero 2018
La normativa, inédita hasta ahora, permitirá una mayor transparencia para la declaración de impacto ambiental. La autoridad del agua bonaerense aprobará todos los proyectos.
A través de una resolución presentada por el Organismo provincial para el Desarrollo Sostenible (Opds), la provincia de Buenos Aires regulará por primera vez el dragado de canales y puertos.
Así, la Provincia podrá solicitar a quienes emprendan el dragado, análisis de riesgos; modelización matemática de hidrodinámica de partículas y/o migración de contaminantes en el sitio de dragado y área de influencia, entre otros, mientras que la reutilización de los materiales para relleno, saneamiento y perfilación de costas fluviales y marítimas "sólo podrá llevarse a cabo con la previa intervención de las Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires", señala el texto.
Manuel Frávega, coordinador de Fiscalización Ambiental del organismo que conduce Rodrigo Aybar, aseguró: "Terminamos el año dando un paso importante: fruto de un trabajo muy intenso del sector público, privado, técnicos, abogados, del que surge una norma que traerá certeza y estabilidad jurídica, fundamental para promover el desarrollo sostenible”.
En sus fundamentos, la resolución aclara que "el dragado resulta indispensable para la operatividad y accesibilidad de los puertos. Y estos trabajos producen grandes cantidades de material que deben tratarse y desecharse con criterios de cuidado ambiental. Cabe destacar que en la República Argentina no existía hasta hoy una norma que establezca el procedimiento para gestionar el material extraído de este tipo de operaciones, por lo que la Provincia establece un punto de partida en la temática. La norma propicia la disminución progresiva de concentraciones de contaminantes en vasos portuarios donde se releven sedimentos con compromiso ambiental", se indica en sus fundamentos.
Con esta norma, es posible "compatibilizar el desarrollo de las actividades portuarias con el cuidado del ambiente y el desarrollo sostenible de las actividades económicas, industriales, a través de una reglamentación especial que defina el procedimiento para obtener la Declaratoria de Impacto Ambiental de las obras de dragado y canales de accesos de los puertos bonaerenses, contemplando la dinámica de la actividad y el destino y forma de disposición del material según las particularidades del caso".
En sus fundamentos, se especifica que cuando se draga, se producen sedimentos que "actúan como sumidero de sustancias que pueden provocar impactos negativos en los cuerpos de agua y producir efectos acumulativos en la cadena trófica, correspondiendo evaluar su calidad por comparación entre concentraciones de determinados contaminantes, según la normativa internacional específica que rige en la materia".
Con el nuevo procedimiento, se podrán solicitar monitoreos de calidad de agua, de sedimentos y análisis ecotoxicológicos, según se explicó en un encuentro del que tomaron parte Manuel Frávega y Nicolás Bardella, representantes de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Nación, de Acumar, de la Autoridad del Agua, del Ministerio de Transporte Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de Nación, de la Prefectura Naval Argentina, del Puerto de Bahía Blanca y de puertos privados