La Constitución de la Ciudad ordenó la aprobación de ese código en 1996, en 2009, el Plan Urbano Ambiental dispuso que debiera aprobarse, pero la Legislatura omitió cumplir con esta obligación.
10/08/2023. Nueva Ciudad
La Justicia ordenó que la Ciudad de Buenos Aires sancione un código ambiental, establecido en la Constitución de la Ciudad, y exhortó al Poder Legislativo a subsanar dicha "omisión" desde hace 25 años, informaron desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC).
"La Constitución de la Ciudad en el año 1996 ordenó la aprobación de un Código Ambiental para la Ciudad de Buenos Aires. En el año 2009, el Plan Urbano Ambiental (PUA) dispuso que debía aprobarse, pero desde el 96 hasta la fecha, la Legislatura omitió cumplir con esta obligación. Esto se agravó con la aprobación del nuevo Código Urbanístico y del nuevo Código de Edificación sin tratar el Código Ambiental", expresó Jonatan Baldiviezo, abogado de la causa y presidente del ODC.
De la misma manera, el juez Guillermo Scheibler declaró que "la omisión en la sanción de Código Ambiental no sólo soslaya el mandato constitucional, sino que afecta el derecho a la participación ciudadana, ya que no genera el espacio que se le aseguró a la ciudadanía en el proceso legislativo".
Por su parte, María Eva Koutsovitis candidata a legisladora por El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos, detalló que "la ciudadanía porteña hace 25 años que espera que la Legislatura sancione un Código Ambiental. En estos 25 años de espera la emergencia ambiental y climática sólo se profundizó".
"La Ciudad está atravesando un proceso acelerado de calentamiento, la temperatura máxima anual aumentó en este período casi un grado, como consecuencia del deterioro y la destrucción de los grandes espacios verdes públicos, la sobreconstrucción descontrolada que arroja cotidianamente toneladas de cemento en nuestra ciudad y la cementación de la Costanera", agregó.
Asimismo, Koutsovitis remarcó "que en 16 años de gestión macri-larretista en la Ciudad se privatizaron el equivalente a 75 Plazas de Mayo de superficies verdes públicas", habiendo "un negacionismo climático".
El inciso 3 del artículo 81 de la Constitución porteña establece la obligación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de elaborar un planeamiento para la Ciudad, y que para ello debe instrumentar un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente, concluye el ODC.