Manuel Ludueña. 08/10/2021. Clarín
Tanto las medidas tomadas por las autoridades, como el Código Urbanístico de 2018, favorecen el desarrollo de la zona fluvial costera y el Área Central.
Desde mediados del 2020, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires propuso actualizar el Plan Urbano Ambiental (PUA), luego de reiteradas demandas de ONG y seis años de letargo.
Dicha instancia se desarrolla a través de las instituciones Consejo del Plan Estratégico, Legislatura de la CABA y en las 15 comunas, sin diagnóstico ni información sistematizada previa, ni con seguimiento de los partícipes del procesamiento de los resultados.
Que, sin embargo, comenzaron a ser presentados sin haber sido consentidos (funciones que tenían la Comisión Asesora Honoraria y el Foro Participativo del PUA).
El Paseo del Bajo, una gran obra de infraestructura para la Ciudad. Foto GCBA
La Constitución de la CABA (1996) señala aspectos que deben orientar la gestión de las instituciones, las políticas públicas de Estado, la participación, los derechos y obligaciones de los ciudadanos y funcionarios, entre otros.
En cuanto a los criterios urbanoambientales, se los detalla principalmente en el artículo 27; y en términos estructurales se destacan la democratización institucional, la equiparación norte - sur y la descentralización como principios que el gobierno -poderes ejecutivo, legislativo y judicial- debe garantizar, así como los ciudadanos tienen el deber de defenderlos.
El accionar gubernamental (2009-2021) y el Código Urbanístico (2018) han dado y dan prioridad al crecimiento de la Zona Este de la CABA en general, y del Área Central en particular.
La venta de las tierras públicas
Esto se verifica por la localización de las tierras públicas vendidas y la habilitación con aumento de la capacidad constructiva de dichas tierras -de FOT 0 hasta FOT 11-.
También, por las obras públicas viales para las líneas del Metrobus y el Paseo del Bajo, convergentes hacia el Área Central; la extensión ferroviaria de Estación Once a Estación Correo Central y de Constitución a Retiro; las obras cloacales concordantes con la costa del Río de la Plata; los distritos económicos de las “Artes”, en La Boca, y “Joven” en Costanera Norte
Puerto Pampa, uno de los emprendimientos para el Distrito de las Artes.
Y así también por el destino preeminente del endeudamiento externo para esas obras, y el sobrecrecimiento de la superficie construible por medio de 24 Convenios Urbanísticos para “hacer una ciudad más productiva y verde” y “mejorar el Código Urbanístico”.
Incluso, lo recaudado por la concesión “metros cuadrados por pesos”de los Convenios Urbanísticos se destinarían a mejoras edilicias mediante un “Fondo de Desarrollo Urbano Sostenible” para el Micro y Macrocentro.
Mayor concentración edilicia, con actividades y equipamientos suntuosos, mejor prestación de servicios y accesibilidad implican un aumento de la renta urbana con la formación de mercados oligopólicos y demanda de mantenimiento público creciente, quizás en detrimento del resto de la ciudad, al igual que el endeudamiento.
La consolidación del Área Central
Cabe precisar que la Ley 2930 prevé consolidar -no ampliar- al Área Central, en la inteligencia de favorecer el desarrollo de los subcentros existentes o nuevos, la descentralización comunal y una mejor integración con el Gran Buenos Aires (GBA).
El Ecoparque, en Palermo.
Evitando, asimismo, que la mayor parte de los desplazamientos conduzcan al Área Central, así como en procura de disminuir los movimientos pendulares a la misma.
Por el contrario, a la desigualdad Norte-Sur que se preveía tratar en la Constitución de CABA, se agrega la “franja costera fluvial”.
Ello conlleva a profundizar la fragmentación sociocultural y las condiciones de vida en el territorio en la ciudad, en detrimento, también, de un funcionamiento más equitativo de las condiciones laborales y de una mejor distribución de la renta urbana en toda el Área Metropolitana Buenos Aires.
“Aunque la mona se vista de verde, mona queda”, y aunque el crecimiento desigual se vista de desarrollo, el crecimiento desigual aumenta.
En cuanto al proceso de actualización, parece desdibujarse progresivamente. La Ley 71 prevé ajustar o actualizar cada cinco años, no rehacer.
Sin embargo, una sugestiva reinterpretación procura modificar la visión (ciudad integrada, policéntrica, plural, saludable y diversa) por principios (calidad de vida, equidad sociourbana, calidad ambiental, conocimiento e innovación),con el único fundamento de “avanzar en una nueva definición a través de la formalización de principios”.
Asimismo, arbitrariamente, los lineamientos y acciones establecidas en la Ley 2930 fueron evaluados como cuasi cumplidos, como liberando de su consecución.
El desarrollo desigual de la Ciudad
El proceso en desarrollo no se orienta a la población en general; valga como evidencia la ausencia de difusión masiva, prevista en la Ley 2930, y de algún tipo de práctica que permita dar cumplimiento al artículo primero de la Constitución de la CABA acerca de “democratizar las instituciones”.
El PUA es Ley Marco -ordena la orientación de las obras públicas y los códigos Ambiental, Urbanístico, de Edificación y Habilitaciones-. Por lo tanto, el mismo debe contar con un consenso amplio de la comunidad al tratarse de un habitar común desde una visión de largo plazo que, en caso contrario, se asemejaría a una imposición.
La ciudad no es un artefacto tecnológico o un abstracto morfológico, es un espacio adaptable producido transgeneracionalmente sobre un medio natural para la convivencia en condiciones de vida dignas de sus habitantes.
Darling Tenis Club, uno de los espacios verdes de la ciudad amenazada por la construcción de torres.
Es en ese contexto donde la planificación debe atender las necesidades de las próximas generaciones, las demandas sociales críticas, las mejoras ambientales y la diversidad cultural.
Del mismo modo, esta planificación debe condicionar de modo transparente y previsible la lógica inmobiliaria, evitando que se favorezca la alta concentración edilicia con la mejor accesibilidad y la externalización de los efectos negativos de implantación y funcionamiento.
Sabemos que concentrar las inversiones públicas y privadas en el Área Central Metropolitana no derrama bienestar, solo aumenta la desigualdad social, ambiental y económica; por lo tanto es insostenible.
Nuestra sociedad urbana, otrora de los Buenos Ayres, no debe fragmentarse, debe integrarse. No se debe beneficiar a unos en detrimento de otros.
La convivencialidad y la profundización de la democratización son los imperativos de la sostenibilidad y de la responsabilidad compartida de habitar, hoy impelidos por atender conjuntamente un devenir de incertidumbre global creciente.
El autor es exconsejero del Plan Urbano Ambiental (1999-2007); profesor en las maestrías de Ingeniería Sanitaria y Tecnologías Urbanas Sostenible (FI-UBA).
GB