Las nuevas Normas Urbanas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
59 LAS NUEVAS NORMAS URBANAS EN LA CABA | 2007 - 2011 CONCLUSIONES 3 Conclusiones La reforma normativa en el período 2007 - 2011 está signada por el cuestionamiento a la potenciali- dad constructiva de la normativa urbanística, resultado de las reformas de 1989 y 2000. En general las iniciativas relevadas se proponen restringir el proceso de sustitución edilicia, controlando las cuantías de aprovechamiento, principalmente las alturas, a través de la multiplicación iniciativas parciales, fragmentarias y a veces contradictorias entre sí. Con el énfasis puesto en controlar las densidades de edificación y las alturas, y en preservar ciertas calidades de la configuración urbana, los instrumentos de protección patrimonial han adquirido en todas sus vertientes una consideración por demás significativa, al mismo tiempo que aleatoria en términos de horizonte de estructuración urbana, lo que complejiza la reformulación de la normati- va de carácter general. La reforma de este período fue en parte resultado del cuestionamiento a la normativa urbanística por parte de entidades vecinales y de otras organizaciones, encauzadas en el ámbito legislativo. La emergencia de estas situaciones pone en duda las herramientas operativas y los instrumentos de ordenamiento urbano, desvirtúa progresivamente el carácter general de la normativa urbanística y determina la complejización de los procedimientos de gestión. En general, las normativas de este período no fueron producto de la emergencia de nuevas ideas, y son indiscutiblemente tributarias de las herramientas técnicas existentes, en particular en lo que hace a la protección patrimonial. Al mismo tiempo, se pone en evidencia la ausencia de un enfoque integral y estructural del desa- rrollo de la Ciudad que pueda encauzar eficazmente la naturaleza fragmentaria de los reclamos de los diversos colectivos que intervienen en la ciudad, para superar la crisis de legitimidad de un modelo de planeamiento urbano, que en su momento se propuso ordenar y transformar el territo- rio de la ciudad. A pesar de su vigencia desde 2008, el Plan Urbano Ambiental no se ha configurado en el marco de un proceso de planeamiento que organice la transformación de los instrumentos normativos. Además, existe cierta inconsistencia en su formulación, en tanto que se advierte una enunciación contradictoria entre lo que configuraría la base de lo que se denomina urbanismo operacional 84 , que son los instrumentos de promoción y los económicos, y la concepción “morfológica” que se aspira para el nuevo Código Urbanístico 85 . Finalmente, no pueden ignorarse las limitaciones que se imponen a la posibilidad de estructurar 3.
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