Las nuevas Normas Urbanas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

51 LAS NUEVAS NORMAS URBANAS EN LA CABA | 2007 - 2011 LOS RECLAMOS SOCIALES 2 cias vecinales en los barrios de la ciudad, haciendo frente a un auge constructivo en altura que estaba en marcha en ese mismo período. A mediados del año 2006, y a raíz de esa misma reacti- vación económica,“las protestas de diversas organizaciones vecinales, en torno a la densificación residencial de los barrios de la ciudad, y los perjuicios de la vertiginosa multiplicación de las ‘torres’ que materializaban la normativa urbanística vigente, determinaron que una serie de recursos de amparo presentados ante la justicia, hicieran lugar a las demandas vecinales, y resultaran en la paralización de las obras en construcción, a iniciarse o con planos aprobados, en diversos barrios.” (Pág. 25 del presente libro). Así emergen movilizaciones vecinales que confluyen en la constitución de ONGs, como por ejemplo la Asociación Basta de Demoler, como “una Organización No Gubernamental del sector civil, sin fines de lucro, establecida formalmente en abril del 2007 por un grupo de vecinos de la ciudad de Buenos Aires unidos con el objeto de defender el patrimonio urbanístico de la ciudad.” La misma inició sus actividades “convocando a los ciudadanos a manifestarse públicamente en contra de las demoliciones de los edificios de valor arquitectónico e histórico; luego emprendió diversas estra- tegias en defensa del patrimonio y extendió su accionar a los parques, calles y veredas históricas, mobiliario urbano; es decir, todo aquello que forma parte del patrimonio tangible.” (Extraído de www.bastadedemoler.org) . Por su parte, la Fundación Ciudad surgió con el objetivo de promover el desarrollo sustentable y la calidad de vida urbana, con diversos fines, entre ellos, ser “una organización puente, con muy buenas relaciones con las asociaciones aglutinantes y con posibilidad de generar nexos entre ellas”, (extraído de www.fundacionciudad.org.ar ) al tiempo que se presenta orientada a la vinculación con los actores públicos y las empresas. Surgen diferentes respuestas gubernamentales a estos conflictos y demandas urbanos, mostrando desde el poder ejecutivo un accionar ligado al control y certificación de la factibilidad y garantía de servicios y productos edilicios realizados por las empresas constructoras. “Como respuesta a la acción de la justicia, el poder ejecutivo local, con el Decreto Nº 1929/06, suspendió por tres meses el registro de planos de obra de construcciones para vivienda colectiva con alturas superiores a 13.50m, en los barrios de Caballito, Coghlan, Palermo, Villa Urquiza, Villa Pueyrredón y Núñez, en los cuales se registraban los mayores cuestionamientos a la magnitud del proceso de renovación edilicia. El motivo del decreto era el de establecer un plazo, para que en conjunto con las empresas prestatarias, se verificara el estado de las infraestructuras de servicios, con énfasis en la evaluación de la capacidad de provisión y carga de las redes de agua y cloacas. La evaluación debía compro- bar su adecuación al número de habitantes posibles de localizar, de acuerdo a los indicadores que admitía la normativa vigente.” Asimismo, se dio curso a la intervención del poder legislativo en el tema:“Con el cumplimiento del plazo establecido en el decreto, el poder ejecutivo envió a la Legislatura un proyecto de ley que fue sancionado posteriormente. La Ley Nº 2359/07 estableció la obligación para toda la ciudad, de incluir los certificados de factibilidad de provisión por parte de las empresas prestatarias de servi- cios de saneamiento, eléctricos y de gas, en el trámite de registro de planos de obras de vivienda colectiva en altura.” Cabe destacar que la interpretación del accionar legislativo por parte de los actores y organiza- ciones vecinales no generó una respuesta positiva, siendo la ley aprobada rechazada “como una solución a la problemática de la densificación residencial por ellas cuestionada.” Por otro lado,“una situación diferente pero no por ello menos significativa, fue la resultante de la aprobación de la Ley 2103/06, producto de la presión de las organizaciones vecinales del barrio de Lugano, articulada con prácticas políticas clientelares y la fragilidad institucional devenida por la crisis política de 2004 – 2005, y que se constituyó en cabal expresión del estado del debate y la disputa de intereses respecto de la normativa urbanística. Con esta ley se desafectaron en el área sur catorce manzanas destinadas al uso residencial, que contaban con infraestructura de servicios

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