Las nuevas Normas Urbanas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
33 LAS NUEVAS NORMAS URBANAS EN LA CABA | 2007 - 2011 METODOLOGÍA Y ANÁLISIS 2 En tanto, el análisis por año da cuenta de que fuera de las de Patrimonio Individual, el año de mayor cantidad de normas es 2011, con una fuerte participación de las normas de Protección Cultural. Los años que le siguen son 2010 y 2009 (muchas de zonificación), mientras que el año de menor cantidad es 2008. La predominancia de las normas de protección individual del patrimonio -el 71% de las normativas de impacto urbanístico-, tiene su correlato en la valorización social de éste tipo de normativas. Este dato también nos revela que durante el período de estudio la normativa está regulando principal- mente en la escala de la parcela. Pero si bien es lícita la facultad preventiva del Ejecutivo 42 , tiene un carácter excepcional, y atentos a que el Ámbito de Reserva Legislativo implica la afectación de un derecho constitucional, hemos notado que las proporciones se invierten en la realidad. Por Ley hay 901 parcelas y por Resoluciones preventivas hay 2603 parcelas afectadas, o sea que 25,7% está aprobado por Ley y el 74,3% de dichos lotes continúa en Resolución preventiva. Así concluimos que la regla de la generalidad (por Ley) y la excepcionalidad (por Resolución) se encuentra invertida, encontrándose un amplio stock de inmue- bles en catalogación preventiva desde hace varios años. Ciertamente existe una falencia en la legislación, que consiste en no imponer un plazo al Ejecutivo para la remisión de las catalogaciones preventivas al Legislativo, de modo tal que ratifique o rectifique las catalogaciones, como así también los efectos que tendría la pérdida del estado parlamentario; éstas serían las cuestiones que definirían con certeza las afectaciones patrimoniales. Queda así cla- ramente contabilizada la generación en cinco años de 2603 casos de incertidumbre jurídica, es decir que si no se regula esta situación, la acumulación de parcelas preventivadas puede ir en ascenso. Ahora detengámonos un poco en las Resoluciones preventivas. Éstas se clasifican en dos moda- lidades: CPU o PEPP. Las primeras surgen de la aplicación directa del Artículo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano y las segundas por el procedimiento previo a éste conocido como Programa Especial de Protección Patrimonial. De las 2603 parcelas afectadas por estas normas preventivas, 998 son afectadas por CPU y 1605 por PEPP, lo que significa que estas últimas han tenido una incidencia del 46% sobre el total de las parcelas preventivadas. Esta incidencia resulta de importancia, pero no es un trámite excluyente y su derogación impactaría en un incremento de las tramitaciones por CPU. Si bien es cierto que su existencia logra una mayor protección patrimonial, no es menos cierto que aumenta el stock de parcelas preventivadas cuya situación definitiva no se resuelve, y que mantienen incerteza jurídica Temática 2007 2008 2009 2010 2011 APH 4 1 2 7 7 Parcelario 0 0 0 1 0 Patrimonio Cultural 5 0 5 7 18 Patrimonio Individual 23 54 73 79 93 Producción 1 0 4 0 1 Tejido 1 1 0 0 0 Tejido-Uso 0 0 0 0 3 Uso 4 2 4 7 3 Vía pública 0 1 2 1 0 Zonificación 10 5 11 7 5 APH Parcelario Patrimonio Cultural Patrimonio Individual Producción Tejido Tejido-Uso Uso Vía pública Zonificación
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