Villa Crespo: una empresa paga al Gobierno porteño U$S1.000.000 y un terreno a cambio del permiso para edificar más

Pura Ciudad 

Se trata de un predio ubicado al lado del viaducto elevado del tren San Martín. El dinero que recibirá el Gobierno porteño, en caso de que se apruebe, será para combatir la pandemia de Covid 19.

Actualizado el 16 / Sep / 2020

El Poder Ejecutivo porteño envió a la Legislatura porteña un proyecto de ley para validar un convenio entre el GCBA y la firma Koolhaas SA para modificar la normativa urbanística (Código Urbanístico) del predio ubicado en la calle Fitz Roy 801, entre Ramírez de Velasco y Vera, en Villa Crespo (Comuna 15), al lado del viaducto del tren San Martín. Es para darle mayor capacidad de construcción.

El predio en cuestión se divide en dos sectores. Uno tiene 56.824 metros cuadrados, donde se harán edificaciones de hasta 37,60 metros, con mixtura de usos. El otro tiene 1.237 metros cuadrados y será destinado a espacio público.

El documento dice que el propietario entrega este terreno para que sea usado de forma pública a fin de “atender el déficit de espacios verdes en la CABA y permitir una mayor integración urbana del sector”. “Además, el convenio contempla el “pago por parte del propietario a favor del GCBA de U$S1.041.112 que se destinará a solventar gastos de la Emergencia Sanitaria por Covid-19”.

El documento del convenio dice: “La celebración del convenio persigue el doble objetivo de promover los lineamientos y las acciones del Plan Urbano Ambiental a partir de la generación de espacios destinado al uso público, la promoción de áreas de circulación peatonal y la vinculación de los espacios urbanos para posibilitar una mayor integración urbana, fomentando la actividad económica del entorno de Villa Crespo y por el otro afrontar la emergencia económica y sanitaria en el ámbito de la CABA facilitando procesos de inversión privada y generando recursos adicionales para el tesoro de la CABA”.

Los fundamentos del proyecto de ley sostienen: “Se trata de un predio lindero a los Bajo Viaductos Ferroviarios de la Línea San Martín en el que Koolhaas S.A. confeccionará un proyecto de espacio público y ejecutará las obras necesarias para atender el déficit de espacios verdes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, permitiendo una mayor integración urbana del sector, superficie que será cedida al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”.

“Por otra parte, se pone en conocimiento que dicha firma se encuentra tramitando la cesión del dominio a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de la superficie mencionada o lo que en definitiva resulte de la mensura que presente ante el organismo competente, que podrá variar en más o menos un cinco por ciento (5%). La modificación de la normativa urbanística tiene como fundamento otorgar a la mencionada parcela una altura, constructividad y usos distintos a la permitida actualmente a los fines de posibilitar una mayor integración urbana y la creación de nuevos espacios de uso público en el Barrio de Villa Crespo”.

“En conjunto con la mencionada modificación de norma, Koolhaas S.A. propone abonar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la suma de US$ 1.041.112,89 que serán destinados a gastos erogados como consecuencia de la Emergencia Sanitaria con motivo del coronavirus (COVID-19)”.

“Mediante el mencionado Convenio Urbanístico se busca el aumento de espacio público en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo cual permite dar cumplimiento a los lineamientos y las acciones del Plan Urbano Ambiental, el incremento, recuperación y mejora del espacio público, la promoción de áreas de circulación peatonal, la vinculación de los espacios urbano, y así colaborar en afrontar la Emergencia Económica y Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, concluye la defensa del proyecto.

Plano límite: treinta y siete metros con sesenta centímetros (37,60 m) medidos sobre cota de parcela, determinada por el Organismo Competente. Por encima del Plano Límite solamente será de aplicación el artículo 6.3.1. del Título 6 del Código Urbanístico. b. F.O.S.: se admite ocupación total. c. Capacidad constructiva total sobre cota de parcela: 51.756 m2. d. Superficie edificable sobre cota de parcela: 40.928 m2 .

Se admitirán los usos que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos del Suelo N° 3.3 para del Área de Media Mixtura de Usos A (2) del Cuadro de Usos N ° 3.3. Asimismo, se permiten los Usos Locales Comerciales minoristas, Gimnasio, Oficina Comercial/consultora y Espacios de trabajo colaborativos sin límite de superficie. b. Requeridos: guarda y estacionamiento vehicular, bicicletas, carga y descarga en subsuelo, de acuerdo a los requerimientos de la actividad, establecidos en el Cuadro de Usos N° 3.3 del Código Urbanístico.